Mes: marzo 2018

Traducción jurada: QTS – Acreditación docente en Reino Unido

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El Qualified Teacher Status es la acreditación que permite ejercer como docente en centros públicos de Inglaterra y Gales. Para obtener el QTS se debe pasar por un período de Formación inicial llamado ITT o initial teacher training. Este permitirá a los nuevos docentes cumplir con los requisitos profesionales que implica el QTS, es decir, las competencias y destrezas para convertirse en un docente profesional.

¿Cómo se realiza el ITT?

1.       Estudios universitarios

a)    Con título de grado

La primera opción que se ofrece para cumplir los requisitos del QTS es poseer una titulación universitaria de grado de unos de estos dos tipos: título en enseñanza (Bachelor of Education, BEd) o título de otra rama (Bachelor of Arts, BA/ Bachelor of Sciences, BSc) con curso de QTS. Esta opción permite cursar una carrera universitaria mientras se realiza el ITT.

b)    Con título de posgrado

Para ser docente en Inglaterra y Gales, es necesario un título de posgrado en enseñanza, el Postgraduate Certificate in Education (PGCE).

Existen 58 planes de estudios que se basan en la enseñanza del español en la educación británica.

2.       Práctica profesional

Esta opción permite quién quiera obtener el QTS cursar el ITT mediante prácticas profesionales en colegios.  Estos cursos son de un año (a tiempo completo) y las prácticas se realizan en un colegio bajo la supervisión de profesionales docentes con larga experiencia. También se pueden combinar con conferencias y coloquios de igual temario que los títulos universitarios. Hay tres maneras de realizar las prácticas:

School Direct Training Programme (http://www.education.gov.uk/get-into-teaching/teacher-training-options/school-based-training/school-direct.aspx)

School-centred initial teacher training (o SCITT) (http://www.education.gov.uk/get-into-teaching/teacher-training-options/school-based-training/school-centred-training/scitt-providers)

Teach First.(https://www.teachfirst.org.uk/)

¿Cómo convertirse en profesor en Escocia e Irlanda del Norte?

1.       Escocia: 

En Escocia, hay dos maneras de acceder a la enseñanza: con el título de Bachelor of Education o con el Professional Graduate Diploma in Education.

El PGDE es un título de posgrado de un año que se imparte en las Universidades de Aberdeen, Dundee, Edimburgo, Glasgow, Paisley y Stratchclyde. En Escocia, para acreditar certificar la capacidad docente también hay realizar un año de prácticas.

2.      Irlanda del Norte: 

El General Teaching Council for Northern Ireland (GTCNI) gestiona la docencia en los colegios de su región. Para registrarse, es necesario realizar el Initial Teaching Education o ITE, que puede se puede cursar en la Universidad de Ulster, Queens University Belfast, St Mary’s University College, Stranmillis University College y Open University. También se pueden registrar en esta institución quienes cuenten con una acreditación docente de otra parte de Reino Unido o del extranjero.

¿Cómo acreditarse en Reino Unido con titulaciones españolas?

La institución que homologa los títulos emitidos en los países del Espacio Económico Europeo es la Teaching Agency (TA), de conformidad con la normativa de la Directiva 2005/36/EC del Consejo en materia de reconocimiento de títulos profesionales dentro del EEE.

Los títulos emitidos en el EEE eximen a sus poseedores de realizar las prácticas obligatorias que requiere el QTS.

¿Qué títulos españoles son necesarios para alcanzar el QTS?

·         Diplomado en Magisterio

·         Grado en Educación Primaria e Infantil)

·         Grado y Certificado de Aptitud Pedagógica

·         Máster en Formación del Profesorado

¿Qué es necesario para solicitarlo?

·         Fotocopia del pasaporte o DNI.

·         Formulario de solicitud: http://media.education.gov.uk/assets/files/pdf/n/eea%20form.pdf

·         Fotocopia del título/los títulos que habilita(n) al candidato a desempeñar la función de docente (junto con una traducción jurada o una fotocopia compulsada del Suplemento Europeo al Título)

¿Dónde se remiten los documentos?

Es necesario remitir la documentación a la Teaching Agency: Teaching Agency, QTS and induction division, 7th Floor, 53-55 Butts Road, Earlsdon Park, Coventry, CV1 3BH.

La Teaching Agency dispone de cuatro meses para valorar la documentación presentada y conceder o no la acreditación.

¿Cómo homologar el título en Escocia e Irlanda del Norte?

El General Teaching Council for Scotland solicita al solicitante que rellene un formulario de registro (http://www.gtcs.org.uk/web/FILES/registration/application-for-registration-and-guidance-notes-teachers-qualiffied-outside-of-scotland.pdf). La mayor parte de la documentación que se solicita es parecida a la del QTS en Inglaterra pero en Escocia se requiere una copia del certificado de nacimiento (con su correspondiente traducción jurada) y una tasa de 60 libras entre otros documentos. Los documentos deben remitirse a: The General Teaching Council For Scotland, Clerwood House, 96 Clermiston Road, Edinburgh, EH12 6UT.

Por su parte, el General Council Teaching for Northern Ireland sigue la misma normativa que su homólogo escocés. El formulario de registro puede descargarse en http://www.gtcni.org.uk/userfiles/file/EU%20Application%20Form%20No%20Second%20Page.pdf. Los documentos deben remitirse a: General Teaching Council for Northern Ireland, 3rd Floor Albany House, 73-75 Great Victoria Street, Belfast, Northern Ireland, BT2 7AF.

Fuente: https://www.cext.es/

Traductor jurado de inglés

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¿Qué es un traductor jurado?

Un traductor jurado es un profesional cualificado y habilitado para certificar con su firma y sello que una traducción es fiel al documento original. El Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España habilita a los traductores jurados mediante tres procedimientos: examen, reconocimiento de cualificación profesional obtenida en país de la UE o del Espacio Económico Europeo y exención de examen para los licenciados en Traducción e Interpretación.

El título de traductor jurado autoriza a realizar traducciones juradas en todo el territorio español y en ambas direcciones, en nuestro caso: de inglés a español y de español a inglés. Tanto la firma como el sello del traductor jurado registrados están registrados en el Ministerio y son personales e intransferibles, es decir, solo pueden ser utilizados por el traductor jurado titular de los mismos.

En cumplimiento de la Orden de 8 de febrero de 1996 por la que se dictan normas sobre los exámenes para nombramiento de Intérpretes Jurados, además de la firma y sello, el traductor jurado debe incorporar al final de la traducción la siguiente fórmula de certificación:

Don/doña ……………………………… (nombre y apellidos), Intérprete Jurado de …………………………… (idioma), certifica que la que antecede es traducción fiel y completa al ………………………. (lengua de destino) de un documento redactado en ………………… (lengua de origen) En …….. (lugar), a …………… (fecha).

Las traducciones juradas son requeridas normalmente por organismos como instituciones académicas, tribunales, consulados o registros, entre otros. Según nuestra experiencia, las traducciones juradas más solicitadas actualmente son los certificados de notas, los títulos académicos y los certificados de nacimiento, matrimonio y defunción. No obstante, también se nos solicitan con frecuencia traducciones juradas de sentencias, estatutos sociales, contratos, prueba periciales, etc.

La profesión de traductor jurado está regulada por las siguientes normativas:

-Real Decreto 2002/2009, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores, aprobado por Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto. (BOE 24/12/2009).

-Orden AEX/1971/2002, de 12 de julio, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la obtención del nombramiento de Intérprete Jurado por los licenciados en Traducción e Interpretación (BOE 02/08/2002).

-Orden de 23 de agosto de 1999 por la que se desarrolla el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, en lo que afecta a la profesión de Intérprete Jurado. (BOE27/08/1999)​.

-Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores. (BOE- 08/10/1977).

María Cambeiro es traductora-intérprete jurada de inglés N.º 7572 nombrada por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España.

¿Cómo solicitar una traducción jurada?

Si necesitas que un traductor jurado de inglés se encargue de traducir tus documentos, ponte en contacto con nosotros en info@cambeiro-traducciones.com o en el teléfono 666 652 100 y te elaboraremos un presupuesto. Te pediremos que nos envíes los documentos escaneados o fotografiados. Es muy importante que el escaneo sea perfectamente legible y que tenga una buena resolución ya que será el documento sobre el que trabajaremos y que posteriormente se adjuntará firmado y sellado a la traducción jurada para que la institución en cuestión pueda comparar ambos documentos.

Junto con el presupuesto para la traducción jurada de tu título, que se calculará en función de las páginas del documento original, te comunicaremos el plazo de envío de tu traducción. Normalmente remitimos nuestras traducciones por correo postal pero también realizamos envíos por mensajería si el cliente así nos lo solicita.

 

Validez de documentos y traducciones juradas

Información sobre la validez de los documentos públicos extranjeros y de sus traducciones presentadas ante las oficinas consulares y la Administración del Estado en España.

1) Los documentos públicos extranjeros destinados a que se presenten ante la Administración española deben cumplir todos los siguientes requisitos formales:
 
1.1) Debe tratarse de un documento original o de una copia certificada por el mismo organismo que expidió el documento original.
 
1.2) Salvo en los supuestos concretos en que exista Convenio estableciendo exención de legalización para determinados documentos, (por ejemplo no es necesario para documentos educativos alemanes), todo documento publico extranjero deberá ser previamente legalizado por vía diplomática o, en el caso de los Estados parte del Convenio de la Haya de 1961, rubricado con la Apostilla de la Haya.
 
1.3) Debe estar traducido al castellano en base al artículo 36.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.
 
Generalmente, en España sólo se considera traducción oficial, y por tanto válida para ser presentada ante cualquier organismo de la Administración española, la realizada
 
a) por un Intérprete Jurado con nombramiento del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación español (están exentas de legalización por modificación del artículo 13 del Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto, por el que se aprueba el reglamento de la Oficina de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores)
 
b) por una Representación diplomática o consular española en el extranjero (que deberá ser legalizada posteriormente por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para ser presentada ante la Administración en España).
 
c) por la Representación diplomática o consular en España del país que ha expedido el documento (que deberá ser legalizadas posteriormente por el Ministerio de Asuntos y de Cooperación para ser presentada ante la Administración en España).
 
No obstante, en el caso de traducciones locales, para que una traducción extranjera pueda surtir efectos en España, tiene que estar debidamente legalizada o Apostillada en el sentido del punto 1.2).
 
Algunos Estados parte del Convenio de la Haya de 1961 (entre ellos España) no apostillan traducciones de traductores jurados por considerarlas documentos oficiales pero no de carácter público sino privado.
 
En Alemania las traducciones juradas no se consideran documentos públicos sino documentos de carácter privado. No obstante, en Alemania cabe la posibilidad de obtener una Apostilla para la traducción jurada de la siguiente forma:
 
i.) En un primer paso hay que obtener un sello de la autoridad, competente para el registro oficial de los intérpretes y traductores jurados, con el que certifica que la persona que firma la traducción es un traductor jurado. La firma de la autoridad referida hace que el documento sea considerado un documento público, para el que se puede solicitar una Apostilla de la Haya.
 
ii.) En un segundo paso, se puede solicitar la Apostilla para la firma y el sello de la autoridad competente que certificó que se trata de un traductor jurado.
 
Se informa que, no obstante, una traducción jurada hecha por un traductor jurado local en el extranjero, incluso aunque se encuentre correctamente legalizada, puede ser rechazada por algunos órganos de la Administración española, pudiendo exigir una traducción oficial en los términos 1.1) – 1.3). Por lo que se recomienda que los interesados consulten previamente en el sitio en el que la traducción jurada haya de surtir efectos, si accepta la forma en que se ha legalizado la traducción.
 
Fuente: http://www.exteriores.gob.es